Medicare cobra un recargo permanente sobre la prima si usted se inscribe tarde en la Parte B o en la Parte D sin haber tenido cobertura que califique durante ese tiempo. La multa de la Parte B agrega 10% a su prima mensual por cada período completo de 12 meses que usted haya retrasado la inscripción, y nunca vence. La multa de la Parte D agrega 1% de la prima base nacional del beneficiario por cada mes que usted estuvo sin cobertura de medicamentos acreditable. En 2026, la prima estándar de la Parte B es de $202.90 al mes, y la prima base nacional del beneficiario de la Parte D es de $38.99. Una persona que esperó siete años para inscribirse en la Parte B paga aproximadamente $344.93 al mes por esa cobertura en lugar de $202.90, de forma permanente. Entender cómo funcionan los cálculos, y qué períodos de inscripción lo protegen, es la diferencia entre una factura de Medicare manejable y una que lo acompaña de por vida.
Las tres multas por inscripción tardía a Medicare
Medicare tiene multas separadas para la Parte A, la Parte B y la Parte D. La mayoría de las personas nunca ve una multa de la Parte A porque la Parte A no cobra prima para quienes tienen suficiente historial laboral. Las multas que sorprenden a la gente son las de la Parte B (seguro médico) y la Parte D (cobertura de medicamentos con receta).
| Multa | A quién aplica | Cómo se calcula | ¿Termina? |
|---|
| Parte A | Personas que deben comprar la Parte A (menos de 40 créditos de trabajo) y retrasan su inscripción | 10% agregado a la prima, pagado durante el doble de los años que retrasó | Sí, después del doble del período de retraso |
| Parte B | Cualquier persona sin cobertura del empleador que califique y que retrase la Parte B | 10% de la prima estándar por cada período completo de 12 meses retrasado | No, dura mientras usted tenga la Parte B |
| Parte D | Cualquier persona que pase 63 días o más sin cobertura de medicamentos acreditable después de su Período de Inscripción Inicial | 1% de la prima base nacional del beneficiario por cada mes sin cobertura | No, dura mientras usted tenga cobertura de la Parte D |
Cómo se calcula la multa de la Parte B
La multa de la Parte B es 10% de la prima estándar actual por cada período completo de 12 meses en que usted era elegible para la Parte B pero no se inscribió y no tenía cobertura acreditable a través de un empleador.
La fórmula:
Porcentaje de multa = 10% x (cantidad de períodos completos de 12 meses retrasados)
Ese porcentaje se agrega a la prima estándar de la Parte B de ese año, así que la cantidad en dólares cambia cada año aunque el porcentaje quede fijo una vez establecido.
Ejemplos de la multa de la Parte B en 2026
La prima estándar de la Parte B para 2026 es de $202.90 por mes.
| Años retrasados | Porcentaje de multa | Multa mensual | Prima mensual total |
|---|
| 1 año | 10% | $20.29 | $223.19 |
| 2 años | 20% | $40.58 | $243.48 |
| 3 años | 30% | $60.87 | $263.77 |
| 5 años | 50% | $101.45 | $304.35 |
| 7 años | 70% | $142.03 | $344.93 |
| 10 años | 100% | $202.90 | $405.80 |
Debido a que la multa es un porcentaje y no una cantidad fija en dólares, crece cada vez que aumenta la prima estándar de la Parte B. Una multa del 20% fijada en un año cuesta más en dólares cinco años después, aunque el porcentaje nunca cambie.
Cómo se calcula la multa de la Parte D
La multa de la Parte D se calcula de manera distinta. En lugar de contar años completos, cuenta meses completos sin cobertura acreditable de medicamentos con receta.
Multa = 1% de la prima base nacional del beneficiario x cantidad de meses completos sin cobertura
La prima base nacional del beneficiario para 2026 es de $38.99. El resultado se redondea a los 10 centavos más cercanos y se agrega a la prima mensual de su plan de la Parte D, cueste lo que cueste ese plan.
Ejemplos de la multa de la Parte D en 2026
| Meses sin cobertura | Porcentaje de multa | Multa mensual agregada |
|---|
| 12 meses | 12% | aproximadamente $4.70 |
| 24 meses | 24% | aproximadamente $9.40 |
| 36 meses | 36% | aproximadamente $14.00 |
| 60 meses | 60% | aproximadamente $23.40 |
A diferencia de la Parte B, la multa de la Parte D se basa en la prima base nacional del beneficiario, no en la prima de su plan específico. Esa cifra nacional se recalcula cada año, así que la multa en dólares se ajusta anualmente incluso si usted nunca cambia de plan. Q1Medicare ha informado que la prima base del beneficiario de 2026 refleja un aumento de aproximadamente 6% respecto al año anterior, lo cual sube las cantidades de la multa en dólares para todos los que ya cargan una.
"Cobertura acreditable" significa cobertura de medicamentos que se espera que pague, en promedio, al menos tanto como el plan estándar de la Parte D de Medicare. La cobertura a través de un empleador actual, los beneficios del VA o TRICARE normalmente califican. Si no está seguro de que su cobertura cuente, el administrador de su plan está obligado a enviarle un aviso anual que confirme el estatus de cobertura acreditable.
Por qué la multa de la Parte A rara vez aplica
La mayoría de las personas califica para la Parte A sin prima porque ellas o su cónyuge pagaron impuestos de nómina de Medicare durante al menos 40 trimestres (10 años) de trabajo. Si usted no tiene ese historial laboral, aún puede comprar la Parte A, y si retrasa la compra después de volverse elegible, la multa es 10% agregado a la prima, pero solo durante el doble de los años que retrasó. Un retraso de dos años significa pagar la multa durante cuatro años, y luego se detiene. Esta es la única multa por inscripción tardía a Medicare que tiene fecha de terminación.
Períodos de inscripción que lo protegen
Las multas solo aplican si usted pierde su período de inscripción sin una razón que califique. Tres períodos son los más importantes:
Período de Inscripción Inicial (IEP): Una ventana de siete meses centrada en su cumpleaños número 65: tres meses antes, el mes de su cumpleaños y tres meses después. Inscribirse durante esta ventana evita todas las multas por inscripción tardía.
Período de inscripción especial (SEP): Si usted sigue trabajando después de los 65 años y está cubierto por un plan de salud grupal a través de su empleo activo o el de su cónyuge en una empresa con 20 o más empleados, puede retrasar la Parte B sin multa. Una vez que ese empleo o esa cobertura termine, usted tiene 8 meses para inscribirse en la Parte B sin multa. COBRA y la cobertura para jubilados no cuentan como cobertura de empleador activo y no extienden esta ventana, un error común y costoso.
Período de Inscripción General (GEP): Si usted pierde tanto el IEP como cualquier SEP, puede inscribirse durante el Período de Inscripción General, del 1 de enero al 31 de marzo de cada año, con la cobertura comenzando el mes siguiente. Este es también el momento en que la multa queda fijada para las personas que no tenían una excusa que calificara para retrasarse.
Cómo evitar específicamente la multa de la Parte D
La multa de la Parte D sorprende a personas que suponen que no necesitan cobertura de medicamentos porque todavía no toman muchas recetas. Medicare no lo ve de esa manera. Si usted es elegible para Medicare y pasa 63 días consecutivos o más sin un plan de la Parte D u otra cobertura acreditable de medicamentos, el reloj de la multa comienza, sin importar qué tan saludable esté. Inscribirse en un plan de la Parte D de prima baja durante su Período de Inscripción Inicial, incluso uno que apenas use, evita la multa por completo y puede cambiarse más adelante durante la Inscripción Anual (del 15 de octubre al 7 de diciembre).
Quién está exento de las multas por inscripción tardía
Algunos grupos están protegidos de estas multas incluso si se inscriben más tarde de los períodos estándar:
- Las personas elegibles para Ayuda Adicional (el subsidio por bajos ingresos de la Parte D) no pagan la multa por inscripción tardía de la Parte D, incluso si tuvieron una interrupción en su cobertura.
- Las personas con Programas de Ahorros de Medicare u otra asistencia vinculada a Medicaid pueden tener sus primas de la Parte B cubiertas y las multas exoneradas en ciertas circunstancias.
- Las personas que califican para un período de inscripción especial por cobertura de empleador activo, ciertas situaciones de discapacidad, o circunstancias específicas de dificultad económica establecidas por la Administración del Seguro Social.
Si usted cree que fue multado incorrectamente, puede solicitar una revisión a través de la Administración del Seguro Social, que maneja la inscripción a Medicare y las determinaciones de multas. Las revisiones normalmente requieren documentación que demuestre que usted tenía cobertura acreditable o que calificaba para un SEP durante el período en cuestión.
Preguntas frecuentes
¿La multa de la Parte B de Medicare desaparece alguna vez?
No. Una vez impuesta, la multa por inscripción tardía de la Parte B es permanente y se recalcula cada año según la prima estándar de ese año. No disminuye ni vence como sí ocurre con la multa de la Parte A.
¿De cuánto es la multa de la Parte D de Medicare en 2026?
La multa de la Parte D equivale al 1% de la prima base nacional del beneficiario de 2026, que es de $38.99, por cada mes completo que usted estuvo sin cobertura acreditable de medicamentos, redondeada a los 10 centavos más cercanos y agregada de forma permanente a la prima mensual de su plan.
¿Puedo evitar la multa de la Parte B si sigo trabajando después de los 65 años?
Sí, si tiene cobertura de salud grupal que califique a través de su empleo activo o el de su cónyuge en una empresa con 20 o más empleados. Usted recibe un período de inscripción especial de 8 meses para inscribirse en la Parte B sin multa después de que ese empleo o esa cobertura termine.
¿La cobertura de COBRA me protege de la multa de la Parte B?
No. Medicare no considera que COBRA ni la cobertura de salud para jubilados sean cobertura de empleador activo. Si usted depende de COBRA después de su Período de Inscripción Inicial, aun así puede enfrentar una multa por inscripción tardía.
¿La multa de la Parte A es igual a la de la Parte B?
No. La multa de la Parte A solo aplica a personas que deben comprar la Parte A porque no tienen suficiente historial laboral, y solo dura el doble de los años que la persona retrasó su inscripción. La multa de la Parte B aplica a casi todos los que se retrasan sin cobertura que califique y dura de por vida.
¿Los beneficiarios de Medicare de bajos ingresos pueden obtener una exoneración de la multa?
Las personas que califican para Ayuda Adicional (el subsidio por bajos ingresos de la Parte D) están exentas de la multa por inscripción tardía de la Parte D. Algunos Programas de Ahorros de Medicare estatales también pueden ayudar a cubrir las primas de la Parte B, lo cual puede reducir el impacto económico de una multa de la Parte B, aunque el proceso de determinación de la multa en sí es aparte.
¿Cómo verifico si ya tengo una multa por inscripción tardía?
Su aviso de prima de Medicare o su estado de cuenta de beneficios del Seguro Social mostrará cualquier cantidad de multa agregada a su prima de la Parte B o de la Parte D. También puede llamar al Seguro Social o revisar su cuenta de Medicare en línea en Medicare.gov para ver el desglose de su prima actual.